BOE 6 DE XUÑO (138)
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Ayudas.- Orden APA/568/2026, de 5 de junio, por la que establecen adaptaciones y concreciones relativas a las ayudas al sector agrario y pesquero contempladas en los artículos 46, 50 y 51 del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, en materia de adecuaciones al régimen de ayudas de Estado. (Los beneficiarios de la ayuda extraordinaria y temporal para sufragar el precio del gasóleo consumido por los productores agrarios que utilicen el gasóleo en actividades silvícolas deberán comunicarlo antes de solicitar la devolución del IEH, o en un plazo de 15 días hábiles si ya se hubiese solicitado la devolución. La primera fecha admisible de las facturas de compra de fertilizantes con fines de fertilización en 2026 es el 1 de marzo de 2026. Las facturas de compra de fertilizantes habrá que conservarlas 10 años.)


